Contrato de prestación de servicios
Modelo de contrato de prestación de servicios entre particulares en Colombia: objeto, valor, autonomía del contratista, confidencialidad y terminación.
Citas legales verificadas contra el texto oficial Actualizado: 2026-10-16
Entre los suscritos, [NOMBRE COMPLETO], mayor de edad, domiciliado(a) en [CIUDAD], identificado(a) con cédula de ciudadanía No. [NÚMERO] expedida en [LUGAR], de estado civil [ESTADO CIVIL], quien obra en nombre propio [o en representación de RAZÓN SOCIAL, NIT NÚMERO, según certificado de existencia y representación legal], y que en adelante se denominará EL CONTRATANTE, y [NOMBRE COMPLETO], mayor de edad, domiciliado(a) en [CIUDAD], identificado(a) con cédula de ciudadanía No. [NÚMERO] expedida en [LUGAR], de estado civil [ESTADO CIVIL], quien obra en nombre propio [o en representación de RAZÓN SOCIAL, NIT NÚMERO, según certificado de existencia y representación legal], y que en adelante se denominará EL CONTRATISTA, quienes declaran ser legalmente capaces, hemos celebrado el presente contrato de prestación de servicios, que se rige por las cláusulas siguientes:
PRIMERA. OBJETO
EL CONTRATISTA se obliga a prestar a EL CONTRATANTE, con plena autonomía técnica y administrativa, los siguientes servicios: [DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS SERVICIOS]. Los entregables serán: [ENTREGABLES Y FECHAS].
SEGUNDA. PLAZO
El plazo de ejecución es de [NÚMERO] [DÍAS / MESES], contados a partir del [FECHA DE INICIO]. Podrá prorrogarse por escrito firmado por ambas partes antes de su vencimiento.
TERCERA. VALOR Y FORMA DE PAGO
El valor total del contrato es de [VALOR EN LETRAS] pesos moneda corriente ($ [VALOR EN NÚMEROS]), que EL CONTRATANTE pagará así: [PAGO ÚNICO / PAGOS MENSUALES DE $ VALOR / PAGOS CONTRA ENTREGABLES], dentro de los [NÚMERO] días siguientes a la presentación de la factura o cuenta de cobro, mediante transferencia a la cuenta [BANCO, TIPO Y NÚMERO DE CUENTA] de EL CONTRATISTA. Los impuestos y retenciones se aplicarán según la ley.
CUARTA. OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA
a) Prestar los servicios con la calidad, diligencia y oportunidad acordadas. b) Entregar los productos en las fechas pactadas. c) Guardar reserva sobre la información de EL CONTRATANTE. d) Afiliarse y pagar por su cuenta los aportes al sistema de seguridad social que le correspondan como trabajador independiente y acreditarlo cuando se le solicite. e) [OTRAS OBLIGACIONES].
QUINTA. OBLIGACIONES DE EL CONTRATANTE
a) Pagar el valor del contrato en la forma pactada. b) Suministrar oportunamente la información necesaria para la ejecución de los servicios. c) [OTRAS OBLIGACIONES].
SEXTA. AUTONOMÍA E INDEPENDENCIA
EL CONTRATISTA ejecutará el objeto con sus propios medios, sin subordinación ni horario impuesto, y podrá prestar servicios a otras personas siempre que no afecte el cumplimiento de este contrato. Este contrato no genera relación laboral entre las partes ni entre EL CONTRATANTE y las personas que EL CONTRATISTA emplee. Para que esto sea así en la práctica, EL CONTRATANTE no dará órdenes ni fijará jornada a EL CONTRATISTA; solo podrá coordinar actividades y verificar los resultados.
SÉPTIMA. CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD DE LOS RESULTADOS
EL CONTRATISTA no divulgará la información que reciba con ocasión del contrato, durante su vigencia y por [NÚMERO] años más. Los entregables producidos y pagados serán de propiedad de [EL CONTRATANTE / AMBAS PARTES], sin perjuicio de los derechos morales de autor que la ley reconozca a EL CONTRATISTA.
OCTAVA. CUMPLIMIENTO Y BUENA FE
Este contrato es ley para las partes y solo puede ser invalidado por su consentimiento mutuo o por causas legales (artículo 1602 del Código Civil). Las partes lo ejecutarán de buena fe, y por eso las obliga no solo a lo que aquí se expresa sino a lo que emana de la naturaleza de cada obligación (artículo 1603 del Código Civil).
NOVENA. TERMINACIÓN
El contrato termina: a) por vencimiento del plazo; b) por cumplimiento del objeto; c) por mutuo acuerdo escrito; d) por decisión de cualquiera de las partes, avisando a la otra por escrito con [NÚMERO] días de anticipación, caso en el cual EL CONTRATANTE pagará los servicios prestados hasta la fecha de terminación; e) por incumplimiento de una de las partes: la parte cumplida podrá pedir la resolución o el cumplimiento del contrato, con indemnización de perjuicios (artículo 1546 del Código Civil).
DÉCIMA. DOMICILIO Y NOTIFICACIONES
Para todos los efectos el domicilio contractual es [CIUDAD]. EL CONTRATANTE recibirá notificaciones en [DIRECCIÓN Y CORREO] y EL CONTRATISTA en [DIRECCIÓN Y CORREO].
Para constancia se firma en [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO], en dos (2) ejemplares del mismo tenor y valor, uno para cada parte.
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EL CONTRATANTE
C.C. No. [NÚMERO]
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EL CONTRATISTA
C.C. No. [NÚMERO]
Nota: si en la práctica el contratista cumple horario, recibe órdenes y trabaja de forma personal y continua para el contratante, la relación puede ser declarada laboral aunque el documento diga otra cosa. Si tienes dudas, consulta a un abogado.
Base legal
- Código Civil (Ley 57 de 1887), art. 1495 (definición de contrato) — fuente oficial
- Código Civil (Ley 57 de 1887), art. 1602 (el contrato es ley para las partes) — fuente oficial
- Código Civil (Ley 57 de 1887), art. 1603 (ejecución de buena fe) — fuente oficial
- Código Civil (Ley 57 de 1887), art. 1546 (condición resolutoria tácita) — fuente oficial